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Factura de autónomo con retención de IRPF: cómo se calcula

IVA sumado, IRPF restado. El orden importa y la base es la misma. Un ejemplo con números claros y las reglas de cuándo se aplica cada porcentaje.

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La factura de un autónomo profesional en España tiene dos impuestos en el mismo documento: el IVA, que se suma, y la retención de IRPF, que se resta. Ambos se calculan sobre la misma base imponible, y el resultado es el importe que el cliente te transfiere.

Cuándo se aplica la retención

Porcentajes habituales

El tipo general de retención para profesionales es el 15 %. Los nuevos profesionales pueden aplicar el 7 % durante el año de inicio de la actividad y los dos siguientes. La elección se refleja en la factura y debe mantenerse coherente durante todo el periodo.

Ejemplo completo

  1. Base imponible por los servicios prestados: 1.000,00 euros.
  2. IVA al 21 %: 210,00 euros.
  3. Retención de IRPF al 15 % sobre la base: 150,00 euros.
  4. Total factura: 1.000,00 + 210,00 = 1.210,00 euros.
  5. Importe a transferir por el cliente: 1.210,00 − 150,00 = 1.060,00 euros.

Muestra las tres líneas por separado en el pie de la factura: base, IVA y retención, y termina con el líquido a percibir. Si solo pones el total, la mitad de los clientes pagará 1.210 euros y tendrás que devolver la diferencia.

Errores que se repiten

Cobrar a tiempo

Indica el plazo de pago en la parte superior de la factura, incluye el IBAN completo y una referencia clara, y envía la factura el mismo día en que terminas el trabajo. Entre empresas el plazo legal máximo es de 60 días naturales, y los intereses de demora se devengan sin necesidad de reclamación previa.

¿La retención se calcula sobre la base o sobre el total?

Siempre sobre la base imponible, nunca sobre el importe con IVA incluido.

¿Puedo aplicar el 7 % si llevo cuatro años de alta?

No. El tipo reducido se limita al año de inicio de la actividad y a los dos ejercicios siguientes.

¿Debo retener en facturas a clientes de otro país de la UE?

No se practica retención de IRPF. Revisa además si la operación va con inversión del sujeto pasivo y valida el número de IVA del cliente.

¿Qué hago si el cliente no aplica la retención y paga el total?

Solicita la regularización: el cliente es el obligado a retener e ingresar. Documenta la comunicación por escrito.