Autónomos
Factura de autónomo con retención de IRPF: cómo se calcula
IVA sumado, IRPF restado. El orden importa y la base es la misma. Un ejemplo con números claros y las reglas de cuándo se aplica cada porcentaje.
La factura de un autónomo profesional en España tiene dos impuestos en el mismo documento: el IVA, que se suma, y la retención de IRPF, que se resta. Ambos se calculan sobre la misma base imponible, y el resultado es el importe que el cliente te transfiere.
Cuándo se aplica la retención
- Facturas de profesionales a empresas, autónomos o entidades establecidas en España: se practica retención.
- Facturas a particulares: no se practica retención.
- Facturas a clientes extranjeros: no se practica retención de IRPF español.
- Actividades empresariales en estimación objetiva: reglas propias, consúltalas con tu asesor.
Porcentajes habituales
El tipo general de retención para profesionales es el 15 %. Los nuevos profesionales pueden aplicar el 7 % durante el año de inicio de la actividad y los dos siguientes. La elección se refleja en la factura y debe mantenerse coherente durante todo el periodo.
Ejemplo completo
- Base imponible por los servicios prestados: 1.000,00 euros.
- IVA al 21 %: 210,00 euros.
- Retención de IRPF al 15 % sobre la base: 150,00 euros.
- Total factura: 1.000,00 + 210,00 = 1.210,00 euros.
- Importe a transferir por el cliente: 1.210,00 − 150,00 = 1.060,00 euros.
Muestra las tres líneas por separado en el pie de la factura: base, IVA y retención, y termina con el líquido a percibir. Si solo pones el total, la mitad de los clientes pagará 1.210 euros y tendrás que devolver la diferencia.
Errores que se repiten
- Calcular la retención sobre el total con IVA en lugar de sobre la base imponible.
- Aplicar retención en facturas a particulares, donde no procede.
- Cambiar del 7 % al 15 % a mitad de periodo sin motivo, lo que descuadra los modelos trimestrales del cliente.
- Olvidar la retención por completo: el obligado a retener es el cliente, pero la factura incorrecta es tu responsabilidad.
- No indicar el porcentaje aplicado, solo el importe. Ambos datos deben constar.
Cobrar a tiempo
Indica el plazo de pago en la parte superior de la factura, incluye el IBAN completo y una referencia clara, y envía la factura el mismo día en que terminas el trabajo. Entre empresas el plazo legal máximo es de 60 días naturales, y los intereses de demora se devengan sin necesidad de reclamación previa.
¿La retención se calcula sobre la base o sobre el total?
Siempre sobre la base imponible, nunca sobre el importe con IVA incluido.
¿Puedo aplicar el 7 % si llevo cuatro años de alta?
No. El tipo reducido se limita al año de inicio de la actividad y a los dos ejercicios siguientes.
¿Debo retener en facturas a clientes de otro país de la UE?
No se practica retención de IRPF. Revisa además si la operación va con inversión del sujeto pasivo y valida el número de IVA del cliente.
¿Qué hago si el cliente no aplica la retención y paga el total?
Solicita la regularización: el cliente es el obligado a retener e ingresar. Documenta la comunicación por escrito.